
Esta
práctica se lleva a cabo a pesar de que las especies exóticas se consideran la segunda causa de degradación mundial de la
biodiversidad, tras la destrucción del hábitat (1). Asimismo, estas falsas “repoblaciones”
incumplen el Convenio de la Diversidad Biológica de 1992, el Convenio de Berna
de 1979 relativo a la Conservación de la Vida Silvestre en Europa, la Directiva
de Hábitats, y la Directiva Marco del Agua de la UE, la Ley de Impacto
Ambiental y la Ley del Patrimonio Natural y Biodiversidad, además de
encontrarse tipificadas en el art. 333 del Código Penal (2).
La
liberación de especies de truchas ajenas a los ríos madrileños, tanto de la
especie arcoíris (originaria de Norteamérica), como de truchas comunes de
procedencia centroeuropea, provoca graves problemas, entre otros la competencia
sobre el territorio y los recursos, hibridación con las especies autóctonas
(caso de las truchas comunes), alteraciones en la cadena trófica, riesgos
sanitarios, etc. Las sueltas de truchas ajenas a los cauces madrileños se
justifica en los convenios de “colaboración” que la Administración Regional
mantiene con entidades privadas de pesca. Esta colaboración se limita a soltar
peces exóticos y expedir los permisos para una pesca intensiva en tramos de río
que, por definición, es insostenible en el medio natural. Estos convenios, cuyo
contenido no es de conocimiento público (3), se emplean para sostener una red clientelar
y una gestión de pesca insostenible, anacrónica y muy perjudicial para la salud
de nuestros ríos y sus especies autóctonas. Además, han supuesto un derroche
para los contribuyentes y absorbe la práctica totalidad de los recursos
destinados a la fauna y los ecosistemas fluviales. En la campaña 2009-2011 se
licitaron dos contratos por importe de 470.059 €, para soltar 100.800 Kg. de
truchas ajenas a nuestros cauces y de procedencia comercial.
Mientras
las últimas poblaciones de truchas salvajes de nuestros ríos (trucha fario) se
refugian en tramos marginales de algunos arroyos, las poblaciones de ciprínidos
siguen el mismo camino. La boga de río ha desaparecido de gran parte de los
tramos y ríos madrileños, el barbo común está desapareciendo en muchos tramos
del río Lozoya, donde las mortandades se suceden año tras año en el río que da
de beber a la Comunidad de Madrid. Se está dando la paradoja que las poblaciones
de peces autóctonos se están relegando a sitios relictos sin que la
administración ponga ningún impedimento normativo para la expansión de los
peces invasores.
Colectivos
de pescadores y asociaciones conservacionistas llevamos años denunciando estas prácticas
y solicitando a la Comunidad de Madrid una gestión de los ríos y de la pesca
que se apoye en criterios científicos, en objetivos de conservación y en el
respeto de la legislación y los compromisos internacionales firmados por
nuestro país. Recordamos que los cotos intensivos fueron creados ilegalmente en
los años setenta con el fin de subvencionar a las piscifactorías más ruinosas
al amparo de la Ley de Pesca de 1942, una reliquia normativa aún vigente aún en
la Comunidad de Madrid.
A
diferencia de otras regiones, donde esta práctica de soltar peces a los tramos
trucheros es marginal, en la Comunidad de Madrid la oferta de pesca se apoya
fundamentalmente en la liberación periódica a los mejores tramos de nuestros
ríos de ejemplares de diversas clases de truchas procedentes de piscifactorías
comerciales, destinadas exclusivamente a dar satisfacción un modelo de pesca
(extractiva) y a unas entidades privadas a las que la Administración Regional
ha cedido la gestión directa de algunos de los mejores tramos del patrimonio
fluvial. La pesca intensiva ha dado respuesta a la demanda de una modalidad de
pesca que la propia administración continúa estimulando, que a todas luces se
ha demostrado perjudicial para el ecosistema fluvial y muy gravosa para el
contribuyente. Esta modalidad debería quedar relegada a escenarios aislados del
medio natural, y la administración debería evitar subvencionar esta actividad
para orientar los recursos y esfuerzos públicos a la conservación y
restauración del medio y de las poblaciones de peces autóctonos de unos ríos
muy castigados pero que siguen manteniendo condiciones naturales para
albergarlas.
Es
urgente que en la Comunidad de Madrid se produzca un cambio en la gestión de
los ríos y de la pesca, donde tenga prioridad la conservación y recuperación de
los recursos autóctonos sobre la actividad comercial, que garantice la pesca
sostenible y de calidad frente a la actual pesca extractiva y artificial. Un
cambio en el que la Administración Regional ponga fin al vigente sistema de
gestión y lleve a cabo un estudio que informe del estado real de los cauces y, finalmente,
desarrolle un plan de recuperación fluvial.
SUSCRIBEN
ESTE COMUNICADO LAS SIGUIENTES ASOCIACIONES Y COLECTIVOS (por orden
alfabético): AEMS-Ríos con Vida, APCR (Asociación por la Conservación de los
Ríos), Asociación Ecologista del Jarama “El Soto”, Asociación en Defensa del
Río Alberche, Asociación Geográfica Ambiental, ARBA (Asociación para la
Recuperación del Bosque Autóctono), Asociación Vida Silvestre Ibérica,
Ecologistas en Acción, GRAMA (Grupo de Acción para el Medio Ambiente), Jarama
Vivo, Plataforma Salvemos el Henares, Red Ciudadana por una Nueva Cultura del
Agua en el Tajo y sus Ríos, SEO (Sociedad Española de Ornitología), Unipesca
Verdes de la Comunidad de Madrid.
(2) Los
incumplimientos legales son muy diversos, afectan a la legislación nacional,
comunitaria, compromisos internacionales,
etc. Quizás el más evidente es la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del
Patrimonio Natural y la Biodiversidad: indica en su artículo 52.2 que “Las Administraciones púbicas competentes prohibirán la
introducción de especies, subespecies o razas geográficas alóctonas cuando
éstas sean susceptibles de
competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza
genética o los equilibrios ecológicos”.
Además, esta Ley menciona en su artículo 45.4 que las
actuaciones que puedan generar repercusiones negativas sobre espacios incluidos
en Red Natura 2000, requieren la realización de una adecuada evaluación de
dichas repercusiones (la C. de Madrid nunca ha realizado evaluación ambiental
previa a la suelta de miles de kilos de estos peces). Las sueltas de truchas se
llevan a cabo en algunos Lugares de Importancia Comunitaria, pertenecientes a
Red Natura 2000: “Cuenca del río Guadarrama”, “Cuenca del río Lozoya y Sierra
Norte”, “Cuencas de los ríos Alberche y Cofio” y “Cuenca del río Manzanares”.
(3) Recientemente
se ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea por vulneración de la
Directiva 2003/4/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de enero de 2003
relativa al acceso del público a la información medioambiental. La Dirección
General de Medio Ambiente niega sistemáticamente información básica sobre estas
sueltas de peces y las implicaciones de las entidades privadas.
Para más información sobre la ilegalidad y los efectos ambientales
de las sueltas de truchas no autóctonas:
Para más información sobre la ilegalidad y los efectos ambientales
de las sueltas de truchas comunes no autóctonas:
http://www.riosconvida.es/pdfs/informes/Informe_Truchasfueradelocomun_RiosconVida.pdf
Videos sobre sueltas de truchas exóticas en los ríos madrileños:
http://www.youtube.com/watch?v=GSwdtfDQzlw ‐ http://www.youtube.com/watch?v=3m‐hMzPEOiU
Órdenes de veda de pesca de los últimos años (cada una es
copia casi exacta de la anterior):
2013: http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/12/BOCM‐20130312‐10.PDF
2012: http://www.bocm.es/bocm/Satellite?blobcol=urlordenpdf&blobheader=application%2Fpdf&blobkey=id&blob
table=CM_Orden_BOCM&blobwhere=1142678494914&ssbinary=true
2011:
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/03/17/BOCM‐20110317‐8.PDF